martes, febrero 27, 2007

miercoles 28 de febrero de 2007
Mayor transparencia

El sistema democrático de representación tiene en la confianza de los ciudadanos respecto de los cargos públicos uno de los pilares más importantes de su buen funcionamiento. Tal confianza exige, para mantenerse incólume, un esfuerzo muy especial de transparencia, de modo que quede siempre libre de toda sospecha la gestión que se realiza de los intereses públicos encomendados. Esta demanda, que ha estado siempre presente en los sistemas democráticos desde su mismo origen, se ha hecho aún más exigente en las sociedades modernas, en las que la multiplicación de los canales de información hace a los ciudadanos más conscientes de la corrección o incorrección de las actuaciones de sus gobernantes, así como más sensibles a sus comportamientos. Por otra parte, la intensa relación que existe entre los intereses públicos y los privados, a través, entre otras cosas, de la inevitable intervención de la Administración en la regulación de estos últimos, obliga a delimitar lo más nítidamente posible los campos respectivos en que unos y otros deben actuar, de manera que no se produzcan indeseables interferencias, que conducen a la quiebra de esa confianza que resulta imprescindible para que el sistema funcione.Por esta razón, todos los parlamentos democráticos han regulado siempre los principios y las normas que deben regir el comportamiento de quienes se dedican a la gestión de la cosa pública. También el de Euskadi lo ha hecho, casi desde su misma constitución, promulgando, ya en 1981, la Ley de Gobierno y, en 1983, la conocida como Ley de Incompatibilidades, y dando pie para que los sucesivos gobiernos regularan por decreto diversos aspectos relativos al modo de proceder que debe seguirse en la gestión pública. De este modo, a lo largo de estos casi treinta años de ejercicio del autogobierno, ha ido formándose un cuerpo normativo que, una vez evaluado, ha demostrado la conveniencia de su recopilación, armonización y perfeccionamiento. Tal es el objetivo que persigue el anteproyecto de ley que el Departamento de Hacienda y Administración Pública se propone llevar al Consejo de Gobierno para su conversión en proyecto de ley y su posterior remisión al Parlamento. La Cámara deberá debatirlo y, en su caso, enmendarlo, teniendo en cuenta que sólo la transparencia y un estricto régimen de incompatibilidades, con las correspondientes sanciones, podrá evitar la mezcla de intereses públicos y privados que con demasiada frecuencia se produce en la gestión de la cosa pública y mantener la confianza de los ciudadanos en sus gobernantes.

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